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OJO RENTA Y ERTES, LO QUE DEBES SABER

Los Expedientes de Regulación de Empleo Temporal (ERTE) tributan como rendimientos del trabajo, buena parte de los trabajadores que hayan estado en ERTE y ganen menos de 22.000 euros anuales tendrán que presentar la declaración, salvo que no superen los 14.000 euros.

La Agencia Tributaria recomienda a los trabajadores afectados por un expediente de regulación temporal de empleo (ERTE) en 2020 que hayan recibido cobros indebidos del Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) que esperen a su reclamación antes de presentar la declaración de la renta.

En la página web hay un documento con información específica para las personas afectadas por los ERTE. En concreto, la Agencia tributaria, para los trabajadores con dificultades que puedan encontrar  prestaciones del SEPE (que se consideran rendimientos de trabajo sujetos a IRPF) proceden o bien del hecho de tener dos pagadores (empresa y SEPE) o bien por haber recibido abonos que no le correspondían.

La Agencia Tributaria ha habilitado en su página web un simulador llamado Renta Web Open, que permite a los trabajadores realizar una simulación de su declaración de la renta y saber ya si te va a tocar pagar o cobrar.

Desde el 7 de abril se podrá tramitar la declaración a través de Internet, mientras que el 6 de mayo comenzará la realización por vía telefónica y a partir del 2 de junio de forma presencial en las oficinas de la Agencia Tributaria. La campaña acaba el 30 de junio.

Hacienda permitirá pagar la declaración en seis plazos y sin intereses a quienes estuvieron en ERTE, el plazo para los contribuyentes afectados será desde el 20 de julio al 20 de diciembre

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