En el convenio
colectivo firmado en 2017 tenemos la
posibilidad en los contratos a tiempo parcial de ampliar la jornada ordinaria, siempre que el
trabajador quiera consolidar el 20% en
días de diario del promedio de horas complementarias que hayas realizado en dos
años durante los años 2017,2018 y 2019.
Se podrá consolidar
el 25% de las horas realizadas en
domingo o festivo y la ampliación se
tendrá que hacer únicamente en domingos y festivos.
Para obtener el promedio de horas a consolidar se cogerán
los dos años que menos horas se hayan realizado.
El derecho de consolidación se producirá cada tres años por
lo que ya se puede solicitar esa ampliación de jornada a partir del 01/01/2020.

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