Declaración de la Renta 2020 de los trabajadores que han estado incluidas en un ERTE. Los trabajadores que van a estar obligados por primera vez a realizar la declaración de la renta, teniendo que pagar la parte de IRPF que no se le ha retenida durante el tiempo que ha durado el ERTE.
Como habéis visto en la nómina de junio la retención de IRPF
muy baja o incluso a cero. Esto es porque la empresa realiza el cálculo de
retención del IRPF con una estimación anual de los ingresos, sin tener en cuenta un
segundo pagador.
En este año muchos trabajadores tendremos un segundo pagador, el SEPE, que hace el cálculo
de la retención del IRPF sin tener en cuenta lo que vamos a percibir por parte
de nuestra empresa.
La normativa fiscal actualmente obliga a realizar la declaración
de la renta, teniendo dos o más pagadores, si se recibe en su conjunto más de
14.000 euros, si el segundo pagador en este caso el SEPE nos abona más de 1.500
euros.
Tenemos que tener en cuenta cual ha sido la cantidad que
hemos dejado de pagar y solicitar a la empresa que en los meses que restan del
año nos aumente algún punto el IRPF, para en la declaración del año 2020 no tener sorpresas.

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